google-site-verification=iTs1p5AaVpoNdx677VnQefa5LxJ4NnW1waWHWJYtydA Conceptos de la factura eléctrica - término de potencia
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  • Foto del escritorLucía González

Conceptos de la factura eléctrica - término de potencia

Actualizado: 23 mar 2018

En materia de suministro eléctrico, la potencia eléctrica contratada es la potencia que suscribe el cliente con la empresa eléctrica en función de la potencia de los aparatos que tiene instalados en su hogar o empresa.

Cuantos más aparatos eléctricos tengamos operativos, mayor será la potencia que habremos de contratar con nuestra compañía eléctrica.


El término de potencia es el resultado de multiplicar la potencia(kw) a facturar por el precio del término de potencia (€/kw y mes) y por el número de meses que se factura.

Término de Potencia (€) = Pot.Cont (kw) * Precio T. Potencia (€/kw y mes, día o año) * X (mes/es, día/s o año)


Es un término que no varía en nuestra factura si tenemos limitador de potencia instalado o interruptor de control de potencia, ICP.


Para las tarifas de más de 15 kw de potencia contratada, y en algunos casos de las tarifas con potencia contratada menor a 15 kw, encontramos maxímetros para la medición del registro de la potencia cuarto horaria máxima en el periodo a facturar.


La fórmula a aplicar se recoge en el Punto 1 del Artículo 9 del R. D. 1164/2001 del 26 de Octubre.


a) Si la potencia máxima demandada, registrada en el período de facturación, estuviere dentro del 85 al 105 por 100 respecto a la contratada, dicha potencia registrada será la potencia a facturar.


b) Si la potencia máxima demandada, registrada en el período de facturación, fuere superior al 105 por 100 de la potencia contratada, la potencia a facturar en el período considerado será igual al valor registrado más el doble de la diferencia entre el valor registrado y el valor correspondiente al 105 por 100 de la potencia contratada.


c) Si la potencia máxima demandada en el período a facturar fuere inferior al 85 por 100 de la potencia contratada, la potencia a facturar será igual al 85 por 100 de la citada potencia contratada.


Por ello, desde GCEnergy, os recomendamos tener la potencia optimizada y una revisión anual de la misma, en caso de variación de consumos en el hogar o negocio.



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